CONCLUSIONES GENERALES DEL INFORME FINAL
DE LA CVR.
Como
resultado de sus investigaciones sobre el proceso de violencia de origen
político que se vivió en el Perú entre los años 1980 y 2000, la Comisión de la
Verdad y Reconciliación ha llegado a las siguientes conclusiones:
I.
LAS DIMENSIONES DEL CONFLICTO
1. La
CVR ha constatado que el conflicto armado interno que vivió el Perú entre 1980
y 2000 constituyó el episodio de violencia más intenso, más extenso y más
prolongado de toda la historia de la República. Asimismo, que fue un conflicto
que reveló brechas y desencuentros profundos y dolorosos en la sociedad
peruana.
2. La
CVR estima que la cifra más probable de víctimas fatales de la violencia es de
69,280 personas. Estas cifras superan el número de pérdidas humanas sufridas
por el Perú en todas las guerras externas y guerras civiles ocurridas en sus
182 años de vida independiente.
3. La
CVR afirma que el conflicto abarcó una proporción mayor del territorio nacional
que cualquier otro, provocó enormes pérdidas económicas expresadas en
destrucción de infraestructura y deterioro de la capacidad productiva de la
población y llegó a involucrar al conjunto de la sociedad.
4. La
CVR constata que existió una notoria relación entre situación de pobreza y exclusión
social y probabilidad de ser víctima de violencia. En el departamento andino de
Ayacucho, donde ésta se inició, se concentra más del 40 por ciento de muertos y
desaparecidos reportados a la CVR. Al sumar a ellas las víctimas consignadas
por la CVR en los departamentos de Junín, Huánuco, Huancavelica, Apurímac y San
Martín se llega al 85 por ciento de las víctimas registradas por la CVR.
5. La
CVR ha constatado que la población campesina fue la principal víctima de la
violencia. De la totalidad de víctimas reportadas, el 79% por ciento vivía en
zonas rurales y el 56 por ciento se ocupaba en actividades agropecuarias.
6. La
CVR ha podido apreciar que, conjuntamente con las brechas socioeconómicas, el
proceso de violencia puso de manifiesto la gravedad de las desigualdades de
índole étnico-cultural que aún prevalecen en el país. Del análisis de los
testimonios recibidos resulta que el 75 por ciento de las víctimas fatales del
conflicto armado interno tenían el quechua u otras lenguas nativas como idioma
materno.
7. La
CVR comprueba que, en términos relativos, los muertos y desaparecidos tenían
grados de instrucción muy inferiores al promedio nacional. Mientras el censo
nacional de 1993 indica que solamente 40 por ciento de la población nacional
tiene un nivel educativo inferior a la educación secundaria, la CVR ha
encontrado que el 68 por ciento de las víctimas se encontraba por debajo de ese
nivel.
8. La
CVR concluye que la violencia impactó desigualmente en distintos ámbitos
geográficos y en diferentes estratos sociales del país. Si la tasa de víctimas
reportadas a la CVR respecto de la población de Ayacucho hubiera sido similar
en todo el país, la violencia hubiera ocasionado 1 millón 200 mil muertos y
desaparecidos. De esa cantidad, 340 mil hubieran ocurrido en la ciudad de Lima.
9. La
CVR ha constatado que la tragedia que sufrieron las poblaciones del Perú rural,
andino y selvático, quechua y asháninka, campesino, pobre y poco educado, no
fue sentida ni asumida como propia por el resto del país; ello delata, a juicio
de la CVR, el velado racismo y las actitudes de desprecio subsistentes en la
sociedad peruana a casi dos siglos de nacida la República.
10.
La CVR ha hallado que el conflicto puso de manifiesto graves limitaciones del
Estado en su capacidad de garantizar el orden público y la seguridad, así como
los derechos fundamentales de sus ciudadanos dentro de un marco de actuación
democrático.
11.
La CVR asimismo ha encontrado una precaria vigencia del orden constitucional y
el Estado de Derecho, los que en momentos de la crisis fueron vulnerados.
II.
LAS RESPONSABILIDADES DEL CONFLICTO
A.
Sobre el PCP-Sendero Luminoso
12.
La CVR ha apreciado que la causa inmediata y fundamental del desencadenamiento
del conflicto armado interno fue la decisión del PCP-SL de iniciar la
"lucha armada" contra el Estado Peruano, a contracorriente con la
abrumadora mayoría de peruanos y peruanas y en
momentos
en que se restauraba la democracia a través de elecciones libres.
13.
Para la CVR, el PCP-SL fue el principal perpetrador de crímenes y violaciones
de los derechos humanos tomando como medida de ello la cantidad de personas
muertas y desaparecidas. Fue responsable del 54 por ciento de las víctimas
fatales reportadas a la CVR. Esta cuota tan alta
de
responsabilidad del PCP-SL es un caso excepcional entre los grupos subversivos
de América Latina y una de las singularidades más notorias del proceso que le
ha tocado analizar a la CVR.
14.
La CVR ha comprobado que el PCP-SL desplegó extremada violencia e inusitada crueldad
que comprendieron la tortura y la sevicia como formas de castigar o sentar
ejemplos intimidatorios en la población que buscaban controlar.
15.
La CVR ha encontrado que el PCP-SL fue en contra de las grandes tendencias
históricas del país, poniendo en práctica una férrea voluntad política se
expresó como un proyecto militarista y totalitario de características
terroristas que no conquistó el apoyo duradero de sectores importantes de
peruanos.
16.
La CVR considera que la ideología en que el PCP-SL sustentó su proyecto fue de
carácter fundamentalista, centrada en una rígida preconcepción del devenir
histórico, encerrada en una visión únicamente estratégica de la acción política
y por tanto reñida con todo valor humanitario. Desdeñaba el valor de la vida y
negaba los derechos humanos.
17.
La CVR ha constatado que el PCP-SL logró su cohesión interna a través del
llamado Pensamiento Gonzalo que reflejó el culto a la personalidad de Abimael
Guzmán Reynoso, fundador y dirigente de la organización, a quien se le
consideró la encarnación del pensamiento más
elevado
en la historia de la humanidad.
18.
Para la CVR, el PCP-SL, de acuerdo a su ideología, adoptó una estrategia que
buscó consciente y constantemente provocar respuestas desproporcionadas por
parte del Estado sin tener en cuenta el profundo sufrimiento que ello
ocasionaba a la población por la que decía luchar.
19.
La CVR considera que el PCP-SL llevó la ideología fundamentalista y la
organización totalitaria a sus extremos. En su acción subversiva se constata
una trágica ceguera: ve clases, no individuos. De allí su falta absoluta de
respeto por la persona humana y por el derecho a la vida,
incluyendo
la de sus militantes. Exacerbó en ellos una vena fanática que se convirtió en
su sello de identidad.
20.
La CVR ha constatado características del PCP-SL que se desplegaron desde un
comienzo a través de "ajusticiamientos" realizados con sevicia,
prohibición de entierros, y otras manifestaciones delictivas, incluido el uso
de "coches-bomba" en las ciudades.
21.
La CVR encuentra asimismo un potencial genocida en proclamas del PCP-SL que
llaman a «pagar la cuota de sangre» (1982), «inducir genocidio» (1985) y que
anuncian que «el triunfo de la revolución costará un millón de muertos» (1988).
Esto se conjuga con concepciones racistas y de superioridad sobre pueblos
indígenas.
22.
La CVR ha encontrado que el PCP-SL se aprovechó de ciertas instituciones del
sistema educativo como principal cabecera de playa y que a través de ellas
logró expandir su prédica y captar núcleos minoritarios de jóvenes de uno y
otro sexo en diferentes partes del país. Si bien ofrecía a los jóvenes una
utopía que les brindaba identidad totalizante, en el fondo los encerraba en una
organización fundamentalista y opresora a través de cartas de sujeción a
Abimael Guzmán Reynoso.
23.
La CVR ha constatado que la prédica del PCP-SL pudo tener aceptación fugaz, en
razón de la incapacidad del Estado y de las élites del país para responder a
las demandas educativas de una juventud frustrada en sus esfuerzos de movilidad
social y de aspiración de progreso.
24.
La CVR ha encontrado que el PCP-SL secundó las tesis maoístas y convirtió a las
zonas rurales en el escenario principal del conflicto. Sin embargo, no tomó en
cuenta las necesidades y aspiraciones económicas del campesinado, ni sus
organizaciones propias ni sus especificidades
culturales,
y convirtió, más bien, a los campesinos en masa que debía someterse a la
voluntad del partido. La disidencia individual en la masa llevó a asesinatos y aniquilamientos
selectivos, y la disidencia colectiva condujo a masacres y arrasamientos de
comunidades enteras.
25.
La CVR ha establecido que la presencia del PCP-SL en los andes y la respuesta
contrasubversiva del Estado revivió y militarizó viejos conflictos intra e
intercomunales. Catalogó como "enemigos de clase" a los sectores
relativamente más conectados al mercado o a las redes e
instituciones
regionales o nacionales, y decretó su
destrucción. Su "guerra campesina" contra el Estado se convirtió en
muchos casos en enfrentamientos entre campesinos.
26.
La CVR ha constatado que la violencia extrema practicada por el PCP-SL en las
localidades rurales de los andes se extendió también a los centros urbanos.
Lima y otras ciudades fueron también escenario complementario y sufrieron
sabotajes, asesinatos selectivos, paros armados y actos terroristas,
especialmente bajo la modalidad de coches-bomba. Desde un principio, pero más
aún en la segunda mitad de la década de 1980 y principios de los años 90, Lima resultó
ser además un importante centro de reclutamiento para el PCP-SL.
27.
La CVR señala que la concepción ideológica del PCP-SL implicaba la destrucción
del "viejo Estado" desde sus cimientos, ello los llevó al asesinato
de autoridades, especialmente locales: alcaldes, gobernadores, tenientes
gobernadores, jueces de paz. Pero también autoridades
nacionales:
ministros, parlamentarios y otros representantes de los poderes del Estado. El
12 por ciento de las víctimas fatales reportadas a la CVR que fueron causadas
por el PCP-SL eran autoridades. Además, incurrió en el asesinato masivo de
dirigentes sociales, hombres y mujeres, dirigentes comunales, alcaldes varas,
dirigentes campesinos, sindicales, barriales, magisteriales y de organizaciones
de mujeres.
28.
La CVR por la generalidad y sistematicidad de estas prácticas, señala que
miembros del PCP-SL, y en especial su dirección nacional y su denominada
jefatura, tienen directa responsabilidad por la comisión de crímenes de lesa
humanidad en el marco de ataques armados contra la población civil, cometidos a
gran escala o bien como parte de una estrategia general o planes específicos.
Del mismo modo, estas conductas constituyen, a juicio de la CVR, graves
infracciones a los Convenios de Ginebra, cuyo respeto era obligatorio para
todos los participantes en las hostilidades. La perfidia con la que actuó el
PCP-SL en el terreno, escudándose en la población civil, evitando el uso de
distintivos y atacando a traición, entre otros métodos similares como el
recurso a acciones terroristas, constituyó un calculado mecanismo que buscaba
provocar reacciones brutales de las fuerzas del orden contra la población
civil, incrementando en una forma extraordinaria los
sufrimientos
de las comunidades en cuyos territorios se llevaban a cabo las hostilidades.
29.
La CVR encuentra la más grave responsabilidad en los miembros del sistema de
dirección del PCP-SL por el conflicto que desangró a la sociedad peruana, por
los siguientes elementos:
30.
Por haber dado inicio a la violencia en contra del sentimiento abrumadoramente
mayoritario de la población;
- por
haber planteado su lucha contra la democracia peruana con una estrategia
sanguinaria;
- por
las prácticas violentas de ocupación y control de territorios rurales y
poblaciones campesinas, con un alto costo en vidas y en sufrimiento humano;
- por
su política de genocidio mediante actos de provocación al Estado;
- por
su decisión de proclamar el llamado equilibrio "estratégico" que
acentuó el carácter terrorista de sus acciones.
31.
La CVR hace notar la profunda irresponsabilidad y menosprecio del PCP-SL hacia
sus propios militantes, a quienes se les inducía a matar y morir de la manera
más cruel y sanguinaria, mientras que sus dirigentes máximos, especialmente
Abimael Guzmán Reynoso, permanecían en Lima,
exentos
de riesgos físicos y privaciones, prácticamente durante todo el conflicto. Esta
incongruencia se expresó de la manera más patente cuando, tras ser capturado,
Abimael Guzmán Reynoso, abandonó casi inmediatamente la tesis del "equilibrio
estratégico" y solicitó al gobierno un "acuerdo de paz" junto
con un reconocimiento explícito y sumamente elogioso al gobierno dictatorial de
Alberto Fujimori y Vladimiro Montesinos.
32.
La CVR expresa su pesar por los miles de jóvenes que resultaron seducidos por
una propuesta que constataba los profundos problemas del país y proclamaba: «la
rebelión se justifica». Muchos de ellos, con voluntad de transformar esa
realidad injusta, no advirtieron que el tipo de rebelión que planteaba el
PCP-SL implicaba el ejercicio del terror y la implantación de un régimen
totalitario. Quedaron así encuadrados en una organización absolutamente
vertical, y totalitaria que les inculcaba el desprecio por la vida, castigaba
las discrepancias y exigía plena sumisión. Muchos de ellos murieron inútil y
cruelmente. La CVR llama al país a impulsar las reformas institucionales
necesarias para que proyectos terroristas y totalitarios no encuentren nunca
más eco alguno entre los jóvenes.
33.
La Comisión constata constatar que a diferencia de otros países de América
Latina por esa misma época, entre 1980 y 1992 el conflicto armado interno se
desarrolló mientras imperaba en el Perú un régimen democrático, con elecciones
libres, libertad de prensa y el sistema político más inclusivo de nuestra
historia contemporánea. El PCP-SL y el MRTA se autoexcluyeron de manera
unilateral del sistema democrático y socavaron más bien con sus acciones
armadas el régimen político democrático instaurado en 1980.
B.
Sobre el Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA)
34.
En 1984, el Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA) inició a su vez una
lucha armada contra el Estado y es
responsable del 1.5% de las víctimas fatales que fueron reportadas a la CVR. A
diferencia de SL y en forma similar a otras organizaciones armadas
latinoamericanas con
quienes
mantuvo vínculos, el MRTA reivindicaba sus acciones y sus miembros usaban
distintivos para diferenciarse de la población civil, se abstuvo de atacar a la
población inerme y en algunas coyunturas dio muestras de estar abierto a
negociaciones de paz. Sin embargo, el MRTA incurrió también en acciones
criminales, recurrió a asesinatos, como en el caso del Grl. Enrique López
Albújar, a la toma de rehenes y a la práctica sistemática del secuestro, crímenes
que violan no sólo la libertad de las personas sino el derecho internacional
humanitario que el MRTA afirmaba respetar. Cabe resaltar también que el MRTA
asesinó a disidentes de sus propias filas.
35.
En balance, durante la década de 1980 el discurso y las acciones del MRTA
contribuyeron a crear un clima en el cual el uso de la violencia PRETENDIO SER
O APARECER aparecía como un recurso político legítimo, favoreciendo en última
instancia el accionar y expansión de Sendero
Luminoso.
Y en la década de 1990, especialmente a partir de su frustrada toma del
Congreso y de la toma de la residencia del embajador japonés en diciembre de
1996, el MRTA favoreció la legitimación de la política contrasubversiva
autoritaria y militarizada del gobierno de Alberto
Fujimori.
III.
LA RESPONSABILIDAD DE LOS GOBIERNOS Y DE LOS PODERES Y APARATOS DEL ESTADO
36.
La CVR constata que Fernando Belaúnde Terry y Alan García Pérez ganaron la
presidencia en elecciones libres y directas por los ciudadanos. También lo hizo
Alberto Fujimori en 1990. Sin embargo, a partir del golpe de Estado del 5 de
abril de 1992, Fujimori se convirtió en un gobernante autoritario, que buscó
permanecer en el poder consolidando una autocracia corrupta.
37.
La CVR hace notar que, a pesar de la subversión armada del PCP-SL y del MRTA, y
de ser notoriamente deficitaria en muchos aspectos, la democracia respetó la
separación de poderes y la libertad de expresión, celebró tres elecciones
presidenciales y parlamentarias, cuatro elecciones municipales nacionales y
elecciones regionales en 1989. Ninguna de ellas fue cuestionada.
38.
La CVR constata no obstante, que quienes gobernaron el Estado en ese período
carecieron de la comprensión necesaria y del manejo adecuado del conflicto
armado planteado por PCP-SL y el MRTA. Existió un interés por poner en marcha
la Constitución de 1979, por desarrollar el país y por hacer que la relación
entre gobernantes y gobernados fuese expresión del Estado de Derecho. Sin
embargo, tanto el gobierno del presidente Belaúnde como el del presidente Alan
García erraron al no aplicar una estrategia integral, vale decir social,
política, económica, militar, psicosocial, de inteligencia y de movilización
del conjunto de la población para hacer frente de un modo eficaz y dentro de sus
propios marcos democráticos a la subversión armada y al terrorismo.
A. La
actuación de las fuerzas policiales.
39.
La CVR señala que las fuerzas policiales tenían el deber de enfrentar a los
grupos subversivos que vulneraban los derechos fundamentales de los ciudadanos
y reconoce la esforzada y sacrificada
labor
que sus miembros realizaron durante los años de violencia. Asimismo, rinde su
más sentido homenaje a los más de un millar de valerosos efectivos que
perdieron la vida o quedaron discapacitados en cumplimiento de su deber.
40.
La CVR considera que la formación contrasubversiva recibida hasta entonces por
las fuerzas del orden había tenido como referente a movimientos guerrilleros
según el modelo castrista o, en el
mejor de los casos, a grupos armados semejantes a los que por esos años
actuaban en otros países de América Latina. Esta fue una razón principal de su dificultad para enfrentar a
un enemigo vesánico, que se confundía entre la población civil y era diferente
a aquellos grupos subversivos.
41.
La CVR señala que las fuerzas de la policía tuvieron que responder a la
agresión del PCP-SL y, después, del MRTA en condiciones logísticas precarias,
sin entrenamiento adecuado ni rotación suficiente de efectivos. Cuando
recibieron la responsabilidad de conducir las acciones de lucha
contrasubversiva en Ayacucho, no contaron con un apoyo adecuado del gobierno.
42.
La CVR considera que la limitaciones de los servicios de inteligencia
policiales no permitieron tener una visión adecuada de lo que acontecía. Esto,
sumado al desconocimiento de la naturaleza del PCP-SL, provocó que se
menospreciara la magnitud del fenómeno en curso. Así, en lugar de enviar a los
agentes más preparados y eficientes de cada institución, se mantuvo la práctica
común en las organizaciones policiales de enviar a elementos no idóneos a zonas
alejadas como forma
de
castigo.
43.
La CVR ha constatado que una vez declarado el estado de emergencia en Ayacucho,
en octubre de 1981, la intervención del destacamento policial contrainsurgente
denominado los sinchis hizo crecer las violaciones a los derechos humanos,
generó resentimientos y distanció a la policía de la población.
44.
La CVR señala que tanto las dificultades de coordinación para sumar esfuerzos
entre los tres institutos policiales, cuanto la corrupción en altos oficiales y
en unidades estratégicas fueron factores externos al conflicto mismo que
impidieron un mejor desempeño policial en los años
en
que la subversión aún era débil. Por ello, a pesar de los relativos logros obtenidos
durante 1982 con la captura de subversivos, especialmente en las ciudades, hubo
dos acontecimientos que mostraron que la subversión había excedido las
capacidades de las FFPP: el asalto al centro penitenciario de Huamanga por el
PCP-SL y el repliegue de los puestos policiales en el campo a lo largo de 1982.
45.
La CVR ha constatado que con el ingreso de las FFAA a Ayacucho y la posterior
implantación de los Comandos Político-Militares (CPM) en las zonas declaradas
en estado de emergencia, se impuso la subordinación policial a las FFAA,
quedando sujeta a las funciones establecida por los
jefes
militares, por encima de sus propios comandos y de las autoridades civiles. En
este contexto y a medida que la ofensiva militar avanzó, agentes de los tres
institutos policiales que actuaron en las zonas de emergencia incurrieron en
graves violaciones a los derechos humanos.
46.
La CVR concluye que la lucha contra la subversión reforzó en miembros de la
policía prácticas autoritarias y represivas preexistentes. La tortura en
interrogatorios y las detenciones indebidas
que
habían sido frecuentes en el trato con la delincuencia común, adquirieron un
carácter masivo durante la acción contrasubversiva. [La CVR ha constatado que
las violaciones más graves a los derechos humanos por parte de agentes
militares fueron: ejecuciones extrajudiciales, desaparición forzada de
personas, torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes. Entre estos, la
CVR condena particularmente la práctica extendida de violencia sexual contra la
mujer. Todos estos actos
constituyen
una deshonra para quienes fueron sus perpetradores directos y para quienes, en
su condición de superiores jerárquicos, los instigaron, permitieron o
encubrieron con mecanismos de impunidad.]
47.
La CVR constata que durante la segunda mitad de la década de 1980, la
unificación de las fuerzas policiales, el seguimiento de sus labores desde el
Ministerio del Interior; y la fusión de distintas unidades operativas en la
Dirección de Operaciones Especiales (DOES), contribuyeron a una mejor
coordinación de acciones para la lucha contrasubversiva. Pese a ello, el sector
no atendió ni reforzó lo suficiente a la DIRCOTE, unidad que había adquirido
experiencia a partir de su trabajo concentrado en Lima.
48.
La CVR ha encontrado indicios que vinculan individualmente a efectivos de las
fuerzas policiales al mal llamado "Comando Rodrigo Franco", del que
no se ha podido determinar si era una organización centralizada o una especie
de franquicia empleada por actores diversos, no necesariamente articulados
entre ellos.
49.
La CVR puede afirmar que el distanciamiento entre la policía y las poblaciones
tendió a agudizarse conforme se desenvolvía el conflicto armado interno. Este
hecho facilitó el arraigo de una mala imagen del policía como perpetrador o, en
el caso de las zonas cocaleras, como corrupto vinculado al narcotráfico.
50.
La CVR constata que a partir de 1985 las fuerzas policiales llegaron a tener un
conocimiento más acertado de la organización y formas de acción de los grupos
subversivos. El trabajo de inteligencia operativa de la DINCOTE (antes DIRCOTE)
logró las impecables capturas de los
principales
dirigentes subversivos, destacando las de Víctor Polay Campos el 9 de junio de
1992 y de Abimael Guzmán Reynoso el 12 de septiembre del mismo año. Estas
capturas constituyeron un aporte fundamental para conseguir la derrota
estratégica de la subversión y el terrorismo.
51.
La CVR constata que, a partir del golpe del 5 de abril de 1992, la PNP fue
sometida a los planes del SIN y subordinada al poder militar, con un recorte
significativo de sus facultades, una distorsión de sus funciones
institucionales y una cúpula involucrada en la red de corrupción del régimen,
manejada por Vladimiro Montesinos
B. La
actuación de las Fuerzas Armadas.
52.
La CVR señala que las FFAA, por decisión del gobierno constitucional mediante
decreto supremo expedido el 29 de diciembre de 1982, tenían el deber de
enfrentar a los grupos subversivos que desafiaban el orden constitucional de la
República y vulneraban los derechos fundamentales
de
los ciudadanos,
53.
La CVR reconoce la esforzada y sacrificada labor que los efectivos de las FFAA
realizaron durante los años de violencia y rinde su más sentido homenaje a los
más de un millar de valerosos efectivos que perdieron la vida o quedaron
discapacitados en cumplimiento de su deber.
54.
La CVR ha encontrado que las FFAA aplicaron una estrategia que en un primer
periodo fue de represión indiscriminada contra la población considerada
sospechosa de pertenecer a PCP-SL. En un segundo período, esa estrategia se
hizo más selectiva, aunque continuó posibilitando
numerosas
violaciones de derechos humanos.
55.
La CVR afirma que en ciertos lugares y momentos del conflicto la actuación de
miembros de las FFAA no sólo involucró algunos excesos individuales de
oficiales o personal de tropa, sino también prácticas generalizadas y/o
sistemáticas de violaciones de los derechos humanos, que constituyen crímenes
de lesa humanidad así como transgresiones de normas del Derecho Internacional
Humanitario.
56.
La CVR concluye que, en este marco, los Comandos Político-Militares (CPM),
erigidos en autoridad estatal máxima de las zonas de emergencia, pueden tener
la responsabilidad primaria por estos crímenes. El Poder Judicial debe
establecer el grado exacto de responsabilidad penal de
quienes
ejercieron los CPM, ya sea por haber ordenado, incitado, facilitado o
encubierto estos hechos, o bien por haber omitido el deber fundamental de
ponerles coto.
57.
La CVR ha constatado que las violaciones más graves a los derechos humanos por
parte de agentes militares fueron: ejecuciones extrajudiciales, desaparición
forzada de personas, torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes. Entre
estos, la CVR condena particularmente la práctica extendida de violencia sexual
contra la mujer. Todos estos actos constituyen una deshonra para quienes fueron
sus perpetradores directos y para quienes, en su condición de superiores
jerárquicos, los instigaron, permitieron o encubrieron con mecanismos de
impunidad.
58.
La CVR señala que al momento de su intervención en la lucha contra la
subversión, las FFAA tenían preparación y equipamiento para enfrentar un
eventual conflicto convencional (conflicto externo). Durante los primeros años
de su intervención (1983-85), carecieron de adecuado
trabajo
de inteligencia sobre la organización, el perfil de los militantes y la
estrategia del PCP-SL. Por decisión de la autoridad civil, su objetivo fue
terminar rápidamente el conflicto, sin tomar en
cuenta
el costo en vidas humanas. Se plantearon recuperar el dominio territorial,
suponiendo que la población se dividía entre poblados leales al Estado peruano
y poblados subversivos o zonas rojas, sin advertir que estas últimas no eran
homogéneas y contenían por lo general sectores sobre los cuales el PCP-SL se
imponía por la coacción e incluso el terror.
59.
Para la CVR, aunque la intervención militar golpeó duramente la organización y
la capacidad operativa de PCP-SL, produjo también una secuela de violaciones
masivas de los derechos humanos y convirtió al bienio 1983-84 en el más letal
del conflicto fundamentalmente en Ayacucho. Peor aún, la estrategia resultó
contraproducente, pues la represión indiscriminada en las zonas rurales
postergó la ruptura entre PCP-SL y los sectores más pobres del campesinado, y
no evitó la expansión de las acciones armadas a otras zonas del país.
60.
La CVR señala que, en agosto de 1989, las FFAA aprobaron la sistematización de
una estrategia contrasubversiva. La nueva estrategia distinguía en los teatros
de operaciones poblaciones amigas, neutrales y enemigas, y no tenía como
objetivo principal el control territorial sino la eliminación de las OPA
(Organizaciones Político-Administrativas) o comités populares senderistas;
ganar a la población y aislar a la fuerza militar del PCP-SL. La estrategia
produjo resultados decisivos, como alentar la reacción del campesinado contra
el poder senderista y la
masificación
de los Comités de Autodefensa, que cambiaron las relaciones entre FFAA y
campesinado.
61.
La CVR constata que en esta etapa las violaciones de derechos humanos fueron
menos numerosas, pero más deliberadas o planificadas que en la etapa anterior.
Aparecieron, además, escuadrones de la muerte cuya actividad llevó a que el
Perú ocupara en esos años el primer lugar en el mundo en desapariciones
forzadas de personas.
62.
CVR señala que la nueva estrategia fue aprovechada por un grupo de oficiales
que, a su vez, diseñó planes para una posible interrupción castrense del
proceso político. Parte de esos planes autoritarios serían retomados
posteriormente para el golpe de 1992. Dichos proyectos
antidemocráticos
expusieron a las FFAA a dos grandes trastornos institucionales:
a)
el
uso de un modelo de política contrasubversiva y la imagen de una fuerza armada
victoriosa para justificar el golpe de Estado de 1992, y
b)
b) una tregua con el narcotráfico al definir
al PCP-SL como enemigo principal, que debía ser aislado del campesinado
cocalero. En algunos casos, y sobre todo a partir del ascenso de Vladimiro
Montesinos, esa tregua se convirtió en alianza.
63.
La CVR concluye que la captura de Abimael Guzmán y la desarticulación del
PCP-SL y el MRTA no lograron evitar que la ética, el prestigio e incluso el
bienestar y la eficiencia de las FFAA quedaran seriamente mellados por una
cúpula que unió su suerte al gobierno dictatorial. Este proceso de
descomposición estuvo caracterizado por la actividad del Grupo Colina, la
persecución de oficiales disidentes, así como la organización de un sistema de
corrupción, chantaje y espionaje
político
dentro de las propias FFAA bajo la dirección de Vladimiro Montesinos.
64.
La CVR ha encontrado que las FFAA fueron capaces de extraer lecciones durante
el proceso de violencia, las que le permitieron afinar su estrategia de manera
que ésta fuera más eficaz y menos propensa a la violación masiva de derechos
humanos. Este aprendizaje se revela ostensiblemente en el descenso de víctimas
por acción de agentes del Estado precisamente en los años más intensos del
conflicto armado interno (1989-1993), mientras que durante esos mismos años el
PCP-SL
desplegaba
una desbordante violencia terrorista contra los pueblos quechua y asháninka y
también contra la población urbana. Ese aprendizaje, junto con la proliferación
de los Comités de Autodefensa, la inteligencia operativa policial, y el
respaldo de la ciudadanía, permite explicar la derrota del PCP-SL.
C.
Sobre la actuación de los comités de autodefensa
65.
La CVR estima que desde muy temprano, sectores del campesinado más pobre, aquellos
que según los cálculos del PCP-SL debían haber sido sus aliados principales, se
levantaron contra un proyecto que no compartían y se les imponía por la fuerza.
Comunidades como Uchuraccay y otras de las alturas de Huanta se encuentran
entre los ejemplos más conocidos. En algunos casos de modo espontáneo, en otros
por iniciativa de las FFAA, los productores agrarios del valle del río Apurímac
formaron los primeros Comités de Autodefensa (CADs), que posteriormente se
multiplicaron,
propinándole su primera derrota estratégica al PC-SL en las áreas rurales.
66.
La CVR reconoce el derecho de los campesinos a la autodefensa en el contexto
excepcional planteado por la agresión senderista. Constata, al mismo tiempo,
que en un número significativo de casos la formación de Comités de Autodefensa
se produjo por la presión y el amedrentamiento de
las
FFAA y/o de otros CADs. En ocasiones, los CADs fueron más allá de tareas de
autodefensa y resultaron, de acuerdo a los hallazgos de la CVR, responsables de
crímenes que deben ser sancionados.
67.
La CVR reconoce, sin embargo, que los CADs fueron un factor muy importante en
el
desenlace del conflicto armado interno y rinde homenaje a los ronderos caídos
en defensa de sus comunidades y del país. Resalta, asimismo, que una vez
terminado el conflicto armado no se convirtieron en sicarios del narcotráfico,
ni pusieron su experiencia militar al servicio de otros actores implicados en
actividades ilícitas. La inmensa mayoría de miembros de los CADs se ha
reintegrado a sus comunidades, y el país sigue teniendo una deuda con ellos. El
Decreto Legislativo 741 promulgado a fines de 1991, y su posterior
reglamentación, sólo les reconoce indemnizaciones a partir de la promulgación
de la ley, y ha beneficiado a un reducido número de deudos.
IV.
EL PROCESO POLÍTICO Y LOS GOBIERNOS
68.
La CVR, antes de detenerse en sus conclusiones específicas sobre los gobiernos,
debe diferenciar los años que van entre 1980 y 1992, tramo que transcurrió
bajo regímenes civiles electos democráticamente, del tramo final de nuestro
mandato, que va de 1992 al año 2000 donde un gobierno que nació de un golpe
de estado, organizó, pese a las elecciones que ganó, un régimen autoritario que
quiso prorrogarse como dictadura. Ese cambio de régimen tiene una incidencia
directa sobre las responsabilidades de las máximas autoridades del Estado en
torno a las
violaciones
a los derechos humanos, pues la centralización del poder incide en la relación
más directa en principio entre el Presidente de la República y los grupos que
operan encubiertos por el poder para perpetrar esas violaciones.
69.
La CVR considera que, dado el desarrollo de los hechos, marcado por la
creciente violencia del PCP-SL, era inevitable que el Estado utilizara sus
fuerzas armadas para hacerle frente y recurriera a
declarar
estados de emergencia, que eran una posibilidad considerada por la Constitución
vigente para afrontar situaciones de grave riesgo. La CVR deplora, sin embargo,
que los gobiernos que así lo decidieron, no tomasen las previsiones para
impedir los atropellos a los derechos fundamentales de la población, atropellos
posibles de acuerdo con el tipo de intervención que es propio de los cuerpos
militares, mucho más cuando voceros calificados de ellos advirtieron
públicamente sobre la alta probabilidad de una represión indiscriminada.
70.
La CVR es consciente que todo este actuar de los Gobiernos estaba condicionado,
tanto en su debilidad como en su improvisación, por las fallas profundas del
Estado:
i)
su
insuficiente cobertura territorial y densidad institucional;
ii)
su
falta de preparación para enfrentar un conflicto de esas características;
iii)
la
desconfianza que le provocaban significativos sectores de sus propios
iv)
reciente
incapacidad para someterse a los marcos constitucionales y legales de los que
acababa de dotarse el país a través de la Constitución de 1979.
71.
La CVR debe rendir por eso su homenaje a los dirigentes y militantes de los
partidos políticos democráticos, que ofrendaron su vida o sufrieron maltrato
por cumplir con honestidad con sus deberes públicos. Nos referimos tanto a los
militantes y familiares de los partidos que
gobernaron,
así como a los que tuvieron responsabilidad parlamentaria o en las regiones y
municipios. Debe destacarse especialmente a
las autoridades locales de los lugares más afectados por la violencia,
que mantuvieron la presencia del Estado peruano muchas veces a costa del
máximo
sacrificio. Ellos deben ser un ejemplo para todos en esta nueva etapa de
búsqueda de democracia.
72.
La CVR debe constatar, al mismo tiempo, una muy grave responsabilidad de los
gobiernos de esos años, así como de los partidos que tuvieron
representación en el Parlamento, los
gobiernos locales y, entre 1989 y 1991, los gobiernos regionales. En los
primeros doce años del conflicto, la Policía y las Fuerzas Armadas se hicieron
cargo del combate a la subversión a partir de instrumentos legales aprobados
por gobiernos civiles y dentro del marco de una legislación antiterrorista
promulgada por un Congreso elegido democráticamente.
73.
La CVR ha recogido amplia evidencia de cómo en el combate a los grupos
subversivos se cometieron gravísimas y masivas violaciones a los derechos
humanos, lo que afecta en primer lugar a los gobiernos, que eran los
responsables del conjunto de la acción del Poder Ejecutivo, del cual dependen
las fuerzas del orden. Además de ello, los gobiernos civiles electos
incurrieron en la más grave responsabilidad al desatender las denuncias de
violaciones de derechos humanos o, en muchos casos, al garantizar la impunidad
para los responsables de las mismas.
74.
La CVR encuentra que el primer punto de inflexión institucional en la
abdicación de la responsabilidad democrática por parte de los gobiernos con la
creación por dispositivo legal de los Comandos Político Militares. Ellos
subordinaron en la práctica al poder civil en las zonas
declaradas
en estado de emergencia, pues ellos terminaron asumiendo no sólo la conducción
militar sino también política de la lucha contrasubversiva.
75.
La CVR constata que la ley colocaba a militares y policías que actuaban en
provincias declaradas en estado de emergencia bajo la competencia de la
justicia militar, lo que favoreció la impunidad de los agentes del Estado
responsables de violaciones a los derechos humanos.
Del
mismo modo el carácter permanente de una situación de excepción en cada vez más
provincias, debilitó la democracia y creó un clima propicio para las
violaciones a los derechos humanos, así como un sentido común de la población y
las autoridades civiles de esas zonas, de que el poder
reposaba
en la autoridad militar.
76.
La CVR considera que la abdicación de la autoridad democrática culminó con la
legislación antisubversiva aprobada después del golpe de abril de 1992. De
acuerdo a ella, los jefes de los CPM no sólo coordinaban y supervisaban sino
"conducían" las acciones en los campos
no-militares.
Ese paquete legislativo cambió el Sistema de Defensa Nacional, la ley del
Servicio de Inteligencia Nacional y la ley de situación militar. Esta última
permitió que los comandantes generales de las FF.AA. permanecieran en sus
cargos aún después de su fecha de retiro. La nueva legislación incluía además
penas y procedimientos que violaban las garantías del debido proceso, así como
la Constitución y tratados internacionales de los cuales el Perú era firmante:
penas
mínimas
desproporcionadas, nuevas figuras legales como terrorismo agravado y traición a
la patria, tribunales y jueces sin rostro, entre otros. Este nuevo marco legal
fue uno de los pilares del régimen surgido a partir del golpe de Estado de
abril de 1992.
A.
Indiferencia y demanda de dureza
77.
La CVR ha constatado con pesar que los gobiernos civiles no estuvieron solos en
esta concesión al uso indiscriminado de la fuerza como medio de combate contra
la subversión. Por el contrario, la proclividad de dichos gobiernos a la
solución militar sin control civil estuvo en consonancia con un considerable
sector de la sociedad peruana, principalmente el sector urbano medianamente
instruido, beneficiario de los servicios del Estado y habitante de zonas
alejadas del epicentro del conflicto. Este sector miró mayoritariamente con
indiferencia o reclamó una solución rápida, dispuesta a afrontar el "costo
social" que era pagado por los ciudadanos de las zonas rurales y más empobrecidas.
B. El
gobierno de Acción Popular
78.
La CVR expresa su reconocimiento especial a todas las víctimas pertenecientes
al partido Acción Popular, muchas de las cuales fueron autoridades locales que
permanecieron en sus puestos a pesar de la intensidad de la violencia. La CVR
resalta, también, el esfuerzo realizado por el gobierno del presidente Fernando
Belaúnde Terry por preservar el sistema democrático, las elecciones locales y
generales y la libertad de prensa, en el contexto de una difícil transición a
un
régimen
democrático en medio del peor conflicto armado interno de la historia
republicana del país.
79.
La CVR reconoce que el partido Acción Popular tuvo que enfrentar la subversión
un escenario difícil por la complejidad del Estado sobredimensionado legado por
el gobierno militar, por la debilidad de un sistema de partidos sin vida
democrática significativa, por relaciones
cívico-militares
marcadas por la distancia y la desconfianza y por la existencia de una
izquierda de gran tamaño y radicalidad.
80.
La CVR recuerda que en ese contexto, el presidente Belaúnde propuso diversas
políticas de frente, que sólo fueron aceptadas por su aliado, el Partido
Popular Cristiano. Los demás partidos optaron por mantener sus propios
perfiles. Ese desacuerdo complicó enormemente las
posibilidades
de una respuesta unitaria a la amenaza subversiva.
81.
La CVR encuentra que el conflicto armado interno fue considerado por varios
meses como un problema marginal que había tomado por sorpresa al Estado y a
todas las fuerzas políticas del país. Una vez que el incremento del número de
acciones subversivas armadas lo volvió inocultable, el gobierno de AP y la
oposición perdieron un valioso tiempo en atribuir las responsabilidades de los
hechos, a partir de sus propias agendas políticas. Debe señalarse que ese
tiempo perdido en
diagnósticos
errados o interesados fue crucial para el asentamiento del PCP-SL en diversas
áreas del campo ayacuchano, sin una respuesta estatal organizada por el
gobierno.
82.
La CVR constata que el gobierno optó por enfrentar al PCP-SL con las fuerzas
policiales y con medidas de excepción que se prorrogaron ininterrumpidamente.
Las limitaciones de las fuerzas policiales, divididas en tres instituciones sin
coordinación entre ellas, desprovistas de equipamiento básico y sin el respaldo
de una política contrasubversiva coherente generaron, en poco tiempo, un
rechazo de la población que fue trasladado hacia el gobierno. Éste, ante la
actividad cada vez más violenta de SL, optó por ceder la conducción de la lucha
antisubversiva a las FFAA a fines de 1982.
83.
La CVR considera que la decisión adoptada por el gobierno de AP inició un
proceso de militarización que duró más de una década y que tuvo graves
consecuencias para el país. Con el establecimiento de comandos
político-militares y ante la inoperancia del poder político para contribuir en
la lucha contrasubversiva en los campos no-militares, se produjo una
subordinación de hecho de las autoridades civiles locales a las estrategias
contrasubversivas de las FFAA.
84.
La CVR ha establecido que los comandos político-militares y la intervención de
las FFAA se realizaron sin tomar las previsiones indispensables por parte de la
autoridad civil para salvaguardar los derechos fundamentales de la población,
permitiéndose en consecuencia numerosas violaciones de los derechos humanos de
manera sistemática y/o generalizada.
85.
La CVR concluye que el gobierno de Acción Popular toleró estas violaciones de
derechos humanos, haciendo caso omiso de las numerosas denuncias por diversas
fuentes gubernamentales y de la sociedad civil. Tal es el caso de matanzas como
las de Putis, Pucayacu, Cabitos, entre
las
más notorias. Asimismo, durante ese período de gravísima violencia, el
parlamento con mayoría gobiernista no nombró ninguna comisión investigadora. La
única comisión fue nombrada por el Ejecutivo para investigar la matanza de ocho
periodistas en la comunidad de Uchuraccay, donde la CVR ha constatado que
murieron, además, 135 campesinos quechuas en el transcurso del año posterior a
la masacre, la mayoría a manos de Sendero Luminoso.
86.
La CVR encuentra que esa injustificada tolerancia del gobierno de AP hacia los
atropellos a los derechos fundamentales de la ciudadanía, se sustentaba en la
intención y la expectativa de acabar con la subversión en el corto plazo, sin
considerar su costo en vidas humanas. Dicha política fue ratificada por la Ley
24150 promulgada en 1985.
87.
La CVR encuentra responsabilidad política en el gobierno de Acción Popular por
su tolerancia con las violaciones de derechos humanos cometidas por parte del
Estado, principalmente contra la población indígena, la más desprotegida y
marginada del país, y halla en ella una lamentable muestra de esos hábitos de
discriminación y racismo existentes en la sociedad peruana.
88.
Las cifras de la CVR revelan que entre 1983 y 1984 se produjo la mayor cantidad
de muertes anualizadas de todo el conflicto, causadas por las campañas de
asesinatos del PCP-SL y la cruenta respuesta oficial, que según los cálculos de
la CVR dejaron 19,468 víctimas fatales, es decir, 28 por ciento del total
estimado para todo el conflicto armado interna. Estas cifras que pasaron casi
imperceptibles para el resto del país, debido a las graves fracturas étnicas de
nuestra sociedad.
C. El
gobierno del Partido Aprista Peruano
89.
La CVR expresa su reconocimiento especial a todas las víctimas pertenecientes
al Partido Aprista Peruano, muchas de las cuales fueron autoridades locales que
permanecieron en sus puestos a pesar de la intensidad de la violencia. La CVR
resalta, también, el esfuerzo realizado por el gobierno del presidente Alan
García Pérez por preservar el sistema democrático, las elecciones locales y
generales y la libertad de prensa, en el contexto de una difícil situación en
medio del peor
conflicto
armado interno de la historia republicana del país.
90.La
CVR considera que, al asumir el doctor Alan García Pérez el gobierno en julio
de 1985, impulsó una serie de políticas sociales para reorientar la estrategia
contrasubversiva en marcha. El objetivo explícito fue derrotar a la subversión
mediante políticas de desarrollo dirigidas a los campesinos y a las regiones
más pobres. El nuevo gobierno asumió como propias las críticas a la actuación
de las FFAA que se venían haciendo desde el periodo gubernamental previo.
91.
La política de respeto a los derechos humanos y de denuncia de las violaciones
de los mismos se expresó, por ejemplo, en las sanciones aplicadas a los jefes
militares responsables de la matanza de Accomarca (agosto 1985). El gobierno
buscó así el control civil sobre la acción militar. Creó, asimismo, una
Comisión de Paz y llevó adelante iniciativas en el campo de la unificación
policial y la creación del Ministerio de Defensa.
92.
La CVR considera, sin embargo, que la llamada "masacre de los
penales" ocurridas los días 18 y 19 de junio de 1986 en los centros
penitenciarios de Lurigancho y El Frontón marcó un punto de quiebre en el
esfuerzo del gobierno del APRA por imponer desde el poder civil un nuevo
esquema de respeto de los derechos humanos por las fuerzas del orden. La CVR
constata que a partir de los sucesos mencionados, las FF.AA. actuaron con mayor
autonomía en su accionar contrasubversivo, sin que el Poder Ejecutivo ni el
Poder Legislativo las proveyeran de un marco legal para ello.
93.
La CVR encuentra grave responsabilidad política en el gobierno del APRA en
relación con estos casos, sin perjuicio de otras responsabilidades que de
manera individual sean determinadas en otras instancias judiciales nacionales o
internacionales.
94.
La CVR considera el encubrimiento de la matanza de Cayara ocurrida en mayo de
1988, como paradigmático de la nueva la actitud del partido de gobierno frente
la actuación de las FF.AA. en la lucha contrasubversiva. La comisión investigadora
conformada en el Senado de la República, presidida por el parlamentario del PAP
Carlos Enrique Melgar, dictaminó que la matanza no había ocurrido, mientras que
la minoría de dicha comisión y un fiscal aseguraban lo contrario. El
dictamen,
no obstante, fue aprobado por la mayoría aprista. Las investigaciones de la CVR
confirman la matanza de Cayara y encuentran responsabilidad política en el PAP
por colaborar en el encubrimiento de dicha masacre.
95.
La CVR constata el gobierno del APRA puso en marcha un proceso de
reorganización de las tres instituciones policiales existentes, atendiendo a
reclamaciones sobre la crisis de corrupción e ineficiencia. Ello derivó en lo
que más adelante sería la policía nacional. El Partido Aprista tuvo un especial
interés en controlar a la policía a través del Ministerio del Interior. En el
proceso se crearon nuevas unidades como la DOES, preparada para la lucha
contrasubversiva y se fortaleció el
trabajo
de inteligencia contra el terrorismo.
96.
La CVR estima que la aguda crisis económica y política que vivió el Perú a
partir de 1988 favoreció el desarrollo de las agrupaciones subversivas y a la
vorágine de violencia. El fracaso del programa económico y el inicio de la
hiperinflación llevó a una situación de grave inestabilidad en el país. Desde
el fallido intento de estatización de la banca, el gobierno perdió el respaldo
de los grupos empresariales y financieros del país. Las marchas y contramarchas
en las políticas
económicas
agudizaron la tensión social existente, agravada por servicios básicos
colapsando. El PCP-SL aprovechó esos espacios de descontento para iniciar sus
propias marchas de protesta hasta en la misma capital.
97.
La CVR ha recogido testimonios que sugieren la existencia de policías
vinculados a actividades de escuadrones de la muerte y comandos paramilitares
utilizados contra presuntos subversivos. Una serie de sucesos, como la
aparición del Comando Rodrigo Franco, el enfrentamiento en Molinos, el ataque
del PCP-SL al puesto policial de Uchiza, la vacancia de cargos municipales en
1989 y el escape de los emerretistas del penal Castro Castro en 1990, entre
otros, potenciaron la imagen de
desgobierno
y caos en el país. Al mismo, tiempo, sin embargo se llevaron a cabo tres
elecciones nacionales entre noviembre de 1989 y junio de 1990. El descontento
de las FFAA fue grande, produciéndose hasta un intento de golpe de Estado. La
CVR concluye que, al producirse la
crisis,
el gobierno perdió el control de la política contrasubversiva, salvo en algunas
áreas del trabajo policial que fueron muy exitosas como la del GEIN que, a la
postre, rendiría los mayores frutos en cuanto a capturas de líderes
subversivos.
Los
gobiernos de Alberto Fujimori
98.
La CVR ha constatado que las elecciones presidenciales de 1990 se produjeron en
medio de una crisis generalizada y del incremento de la acción subversiva. El
desprestigio de los partidos y la pérdida de confianza en las organizaciones
políticas facilitaron el triunfo de un independiente, el ingeniero Alberto
Fujimori, ex-Rector de la Universidad Nacional Agraria. Rápidamente reveló
rasgos de personalidad que se expresarían en sus dos períodos gubernamentales:
el menosprecio a
la
democracia. En ningún momento construyó una organización política que lo
respalde. Para enfrentar los dos grandes problemas que heredaba crisis
económica y avance de la subversión- encargó los asuntos económicos a grupos de
tecnócratas, y asumió como suya la estrategia
antisubversiva
de las Fuerzas Armadas perfilada a finales de la década de 1980. Igualmente,
convocó a operadores de inteligencia militar; el más conocido: Vladimiro
Montesinos. Con su apoyo, el nuevo régimen comenzó a fortalecer el Servicio de
Inteligencia Nacional y se aseguró
la
lealtad de las cúpulas militares para convertirlas en pilares de su gestión.99.
La CVR concluye que el golpe de estado del 5 de abril de 1992 significó el
colapso del Estado de Derecho y mostró además la debilidad del sistema de
partidos; el golpe contó con el apoyo de la mayoría de la opinión pública. En
medio de la ofensiva urbana del PCP-SL, sectores importantes de todos los
estratos sociales, se mostraron dispuestos a trocar democracia por seguridad y
a tolerar las
violaciones
a los DDHH como el costo necesario para terminar con la subversión.
100. La
CVR ha constatado que a partir de 1992 la nueva estrategia contra-subversiva
puso énfasis en la eliminación selectiva de las organizaciones
político-administrativas (OPA) de los grupos subversivos. Vinculado a Vladimiro
Montesinos actuó un escuadrón de la muerte denominado "Colina",
responsable de asesinatos, desapariciones forzadas y masacres con crueldad,
ensañamiento. La CVR posee indicios razonables para afirmar que el presidente
Alberto Fujimori, su asesor Vladimiro Montesinos y altos funcionarios del SIN tienen responsabilidad penal por los
asesinatos, desapariciones forzadas y masacres perpetradas por el escuadrón de
la muerte denominado "Colina".101. La CVR sostiene que la DINCOTE,
gracias a la experiencia acumulada desde fines de la década anterior y el
énfasis puesto en el trabajo de inteligencia, mostró por esa misma época
facetas más constructivas y eficaces, que desembocaron en la captura de Víctor
Polay, principal dirigente del MRTA, y en la de Abimael Guzmán y miembros del
Buró Político del Comité Central del PCP-SL, el 12 de setiembre de 1992. La CVR
concluye que las capturas de
los
líderes máximos del PCP-SL y el MRTA no fueron usadas por el gobierno para
acelerar la derrota de la subversión sino para obtener réditos electorales.
102.
Asimismo, entonces, la CVR señala la utilización dada al operativo Chavín de
Huántar. Como se sabe, en diciembre de 1996 un comando del MRTA secuestró
centenares de civiles que asistían a una recepción en la esidencia del
embajador japonés. La CVR expresa su repudio a esa acción
terrorista
que mantuvo cautivos durante más de cuatro meses a decenas de personas.
Reconoce, asimismo, el derecho del Estado a rescatar a los rehenes allí
recluidos y saluda el heroísmo y la eficiencia de los comandos que culminaron
con éxito el operativo de rescate y rinde homenaje a los miembros del Ejército
fallecidos en dicha acción, así como al Dr. Carlos Giusti. Condena, sin
embargo, las ejecuciones extrajudiciales que se habrían producido,
injustificadas por tratarse de
personas
rendidas, y comparte asimismo el rechazo de la opinión pública a las imágenes
de Alberto Fujimori paseándose por sobre los cadáveres desparramados en la
residencia recién rescatada.
103.
La CVR afirma que en los años siguientes, diversos hechos, algunos ciertos, la
mayoría manipulados mediáticamente, sirvieron para crear y recrear
exageradamente al "terrorismo" como una amenaza latente, para
justificar el autoritarismo del régimen y para desprestigiar a los
opositores.
La interceptación telefónica a políticos opositores, el acoso al
periodismo independiente, el
sometimiento y perversión final de la mayoría de medios de comunicación, los
atentados y crímenes incluso contra miembros del propio SIN, así como la
desvirtuación de operaciones legítimas como el mencionado operativo Chavín de
Huántar, llevan el sello del gobierno autoritario de Alberto Fujimori.
104.
Por lo expuesto, la CVR sostiene que en los últimos años del gobierno de
Fujimori el conflicto armado interno fue manipulado con la finalidad de hacer
que el régimen permaneciera en el poder. Ello sumió al país en una nueva crisis
económica y en abismos de corrupción, descomposición moral, debilitamiento del
tejido social e institucional y una profunda desconfianza en la esfera pública.
Todos estos rasgos constituyen, por lo menos en parte, secuelas de la forma
autoritaria,
"antipolítico",
en que se resolvió el conflicto y configuran una de las páginas más oprobiosas
de la historia de la república.
E.
Los partidos de Izquierda
105.
La CVR expresa su reconocimiento especial a todas las víctimas pertenecientes a
los partidos que conformaron la alianza Izquierda Unida, muchas de las cuales
fueron autoridades locales que permanecieron en sus puestos a pesar de la
intensidad de la violencia. La CVR resalta, también, que IU fue un canal de
representación política de amplios sectores populares y movimientos sociales
hasta entonces no incluidos en la agenda nacional. De esta forma, en muchas
zonas del país, militantes de izquierda fueron un freno para el avance de
Sendero Luminoso.
106.
La CVR ha constatado que la alianza Izquierda Unida (IU) fue la segunda fuerza
electoral durante la mayor parte de la década de 1980, tuvo representación en
el Parlamento, responsabilidad en gobiernos locales y, entre 1989 y 1992, en
los gobiernos regionales.
107.
Asimismo la CVR ha constatado que durante la década de 1970, la mayor parte de
las organizaciones que luego conformarían IU compartieron con matices un
discurso y una estrategia que privilegiaba la toma del poder por la vía de la
lucha armada. En el contexto de grandes
movilizaciones
sociales y apertura democrática de fines de los años 70, algunas de estas
organizaciones iniciaron un viraje que los llevó a valorar positivamente la vía
electoral y la democracia representativa.
108.
La CVR hace notar sin embargo, que un
deslinde ideológico insuficiente y en muchos casos tardío colocó a la mayoría
de partidos miembros de IU en una situación ambigua frente a las acciones del
PCP-SL y más aún del MRTA. Esta ambigüedad hizo difícil para sus líderes, y
también
para las dirigencias sociales sobre las cuales IU tenía influencia, dar la
lucha ideológica contra las concepciones violentistas que terminaran
incorporándose al PCP-SL o al MRTA.
109.
La CVR constata que la izquierda formuló denuncia, por cierto necesaria, de las
violaciones a los derechos humanos cometidos por el Estado. Sin embargo, no dio
el mismo tratamiento a aquellas cometidas por los grupos subversivos,
especialmente por el MRTA. Hubo dos
agrupaciones
que mantuvieron hasta el final la posibilidad del recurso a la violencia para
tomar el poder. Esto fue en ultima instancia lo que produjo la división de la
izquierda entre supuestos reformistas y revolucionarios. Por otro lado, el
Partido Unificado Mariateguista y el P.C. del P. "Patria Roja"
formaron organismos de autodefensa, que terminaron enfrentando a SL en defensa
de las organizaciones sociales.
110.
Para la CVR, sin que ello fuera una posición generalizada, sectores de la
izquierda entendieron su participación en el parlamento como una tribuna de
agitación y propaganda y en los municipios para desde allí "elevar el
nivel de conciencia de las masas". En ambos casos, para demostrar las
limitaciones de las instituciones "demo-burguesas".
111.
La CVR señala que, en el plano político, el sectarismo y la ineficacia de los
partidos y de los independientes que conformaban IU, así como la dificultad
para poner los intereses del país por encima de los grupos o personalidades que
la integraban, impidió que ella fuera más allá de su carácter de alianza
electoral, para convertirse en frente programático que representara y ofreciera
una alternativa de transformación pacífica y democrática a sus militantes y al
país. Ese límite se mantuvo incluso en su momento de mayor presencia electoral,
le impidió luego diferenciarse de la política del gobierno aprista, y terminó
dividiéndola en 1989. La división desconcertó a sus seguidores y resquebrajó el
dique de contención que significaba IU en amplios sectores populares,
favoreciendo el avance de los grupos subversivos y posteriormente del
fujimorismo.
112.
Sin embargo, la CVR hace resaltar el papel positivo de la temprana denuncia de
las violaciones a los derechos humanos por parte de IU, tanto a través de sus
partidos integrantes como de las organizaciones sociales en las cuales tenía
presencia y de sus representantes en el
Parlamento,
que tuvieron destacado papel en las más importantes comisiones investigadoras
del Congreso sobre temas vinculados al conflicto armado interno (la matanza de
los penales, los grupos
paramilitares,
las causas de la violencia.)
113.
La CVR deja constancia, además, que numerosos miembros de IU, especialmente
militantes de base de provincias en períodos electorales, cayeron víctimas de
las fuerzas del orden que no distinguieron entre izquierdaunidistas y
subversivos. Asimismo, queda claro para la CVR que
IU no
fue nunca "fachada legal" de SL, ni de manera orgánica ni oficiosa.
Más bien, conforme avanzaba la década, IU denunció crecientemente la ideología
y los métodos del PCP-SL, quien asesinó un número significativo de dirigentes
sociales de las filas de IU, algunos de ellos líderes de importantes gremios
nacionales.
F. El
poder legislativo
114.
A la CVR le es dado constatar que los problemas del Estado para enfrentar el
conflicto armado interno también ocurrieron en el Poder Legislativo. Las
fuerzas políticas allí representadas no tuvieron ni presentaron iniciativas
sobre cómo enfrentar de una manera integral a los grupos subversivos hasta bien
avanzado el conflicto (1991).
115.
La CVR deja constancia de que durante toda la década de 1980 el Congreso
funcionó con mayorías gobiernistas. A través de esas mayorías, los gobiernos
inhibieron o debilitaron las capacidades de fiscalización y de formulación
legal. Así, el Parlamento 1980-1985 no cumplió con su función constitucional de
fiscalización, al abdicar a ejercer control sobre lo que en Ayacucho,
Huancavelica y Apurímac venía sucediendo a propósito del conflicto.
Encontrándose en este período la mayor cantidad de peruanos muertos o
desaparecidos a causa de la guerra, el Congreso no efectuó ninguna
investigación sobre las violaciones a los derechos humanos que tanto el PCP-SL
como las fuerzas del orden iban acumulando impunemente.
116. La CVR debe señalar que frente a la
militarización del conflicto, el Congreso no planteó ninguna alternativa o plan
viable. La principal actividad normativa estuvo a cargo del Ejecutivo. Y
cuando, finalmente, el Congreso retomó dicha función, no hizo sino reafirmar su
escasa voluntad de comprometerse a encontrar respuesta severa y eficaz frente
al fenómeno subversivo.
117.
La CVR señala que la aprobación por el Congreso de la Ley 24150 que establecía
las normas a cumplir en los estado de excepción por los que las FFAA asumían el
control del orden interno, en todo o parte del territorio, fue un intento de
legalizar lo que en los hechos venía sucediendo, inhibiendo legalmente a la
autoridad civil en beneficio de la militar. Así, esta decisión significó, por
un lado, una estrategia equivocada que condujo a la relativización del poder
democrático civil
y,
por otro, a la reducción de la política anti-subversiva a un ámbito de
represión y control militar.
118.
Sin embargo, la CVR debe anotar que a partir de 1985 funcionaron comisiones investigadoras
sobre casos de gran impacto en la opinión pública. Aunque ninguna logró quebrar
el círculo de la impunidad los debates parlamentarios y los dictámenes en
minoría generaron corrientes
importantes
de opinión pública en contra de las violaciones a los derechos humanos. No
obstante, cabe señalar que si bien el Congreso se encargó de llevar adelante la
investigación de importantes casos de violaciones a los derechos perpetradas
por las fuerzas del orden, no hizo un esfuerzo similar para investigar y
demandar sanción sobre terribles casos de violaciones perpetradas por SL.
119.
La CVR anota que en el Congreso surgido a partir de las elecciones de 1990, el
Ejecutivo careció por primera vez de mayoría propia.Aprovechando el desgaste de
los partidos políticos y el desprestigio del Legislativo, el gobierno de
Alberto Fujimori y los promotores de una política anti-subversiva autoritaria y
militarizada, sobredimensionaron su ineficacia y sus problemas y no tuvieron
reparos en presentar al Congreso como parte del "campo enemigo", esta
idea era coincidente con la del PCP-SL, que entendía al Congreso como un
reducto del "revisionismo" y parte del "viejo Estado" que
había que destruir.
120.
La CVR halla que entre 1990 y 1992, el Congreso adquirió otra fisonomía. El que
no existiese una mayoría parlamentaria gobiernista y el avance de la
subversión, empujaron a una mayor concertación y a participar de manera más
activa en el diseño de una política anti-subversiva dentro de marcos
democráticos. La nueva actitud se hizo visible en el debate sobre legislación
anti-subversiva de noviembre de 1991. De otro lado, en materia de su función de
control parlamentario,
el
Congreso de 1990-92 intervino en situaciones de violaciones de derechos humanos
en el conflicto armado interno. Sin embargo, el golpe de abril de 1992 que
cerró el Parlamento con la anuencia de un sector mayoritario de la opinión
pública, mostró que ese fue un esfuerzo tardío
e
insuficiente para controlar a los poderes fácticos y corrientes autoritarias
del país. Para entonces los partidos políticos parlamentarios evidenciaban
claros signos de agotamiento y crisis.
121.
La CVR considera que después del golpe de 1992 el Congreso, tanto el CCD como
el Congreso 1995-2000, careció de cualquier capacidad de fiscalización, tanto
por el recorte constitucional de sus atribuciones como por la mayoría
parlamentaria absoluta que mantuvo la bancada gobiernista hasta el año 2000. La
pálida labor parlamentaria en la lucha contra-subversiva se vio agravada por el
desarrollo de un proceso de manipulación normativa de alta nocividad social,
que buscó, entre otras cosas, montar un aparato que garantizara la impunidad a
las violaciones
de
los derechos humanos cometidas por agentes estatales.
122.
A la CVR le ha sido dado constatar que, en muchos casos, la mayoría oficialista
de los congresos post golpe, a pesar de la actitud valiente de congresistas de
la oposición, no sólo abdicó de su función constitucional de fiscalización,
sino que avaló y promovió el encubrimiento y la impunidad. Un hito de especial
consideración dentro de su participación en el proceso de afirmación de
impunidad fue la aprobación de la Ley 26479, Ley General de Amnistía
(15.06.95). El Parlamento se convirtió en la práctica en una caja de resonancia
de los planteamientos de palacio y del SIN.
G. El
Poder Judicial
123.
La CVR debe indicar que la abdicación de la autoridad democrática incluyó las
funciones propias de la administración de justicia. El sistema judicial no
cumplió con su misión adecuadamente; ni para la condena dentro de la ley de las
acciones de los grupos subversivos; ni
para
la cautela de los derechos de las personas detenidas, ni para poner coto a la
impunidad con que actuaban los agentes del Estado que cometían graves
violaciones de los derechos humanos. En el primer caso, el poder judicial se
ganó la imagen de una ineficiente "coladera" que liberaba a
culpables
y condenaba a inocentes; en el segundo caso, sus agentes incumplieron el rol de
garante de los derechos de los detenidos, coadyuvando a la comisión de graves
violaciones a los derechos a la vida y la integridad física; por último, se
abstuvieron de llevar a la justicia a miembros de las fuerzas armadas acusados
de graves delitos, fallando sistemáticamente cada contienda de competencia a
favor del fuero militar, donde las situaciones quedaban en la impunidad.
124.
La CVR debe empero precisar que el Sistema Judicial adolecía de problemas
estructurales que determinaban su ineficiencia. Sin embargo, a ello debe
sumarse la actuación negligente de algunos operadores de justicia que hicieron
mas grave aún la situación estructural en que se desenvolvía la administración
de justicia.
125.
La CVR deja constancia de que la situación del Perú judicial se agravó luego
del golpe de Estado de 1992, cuando a las condiciones mencionadas se sumaron:
una clara intromisión en la capacidad de autogobierno a partir de ceses masivos
de magistrados, nombramientos
provisionales
y la creación de órganos de gestión ajenos a la estructura del sistema
judicial; además de la inoperancia del Tribunal Constitucional.
126.
La CVR deja constancia de la deficiente la legislación que aplicaba el sistema
judicial. Entre 1980 y 1992 incidieron fuertemente en esta situación: la
tipificación amplia e imprecisa del delito de terrorismo; y la mediatización de
la labor del Ministerio Público en la etapa de investigación preliminar,
subordinando la labor garantista del fiscal. Luego del golpe de 1992, la
situación se agravó debido a que la nueva legislación antiterrorista se caracterizaba
por: la sobrecriminalización
del
terrorismo a través de la flexibilización del concepto y la creación de tipos
penales nuevos con los que se procesaba en distintos fueros y se imponían penas
distintas por la misma conducta; la falta de proporcionalidad de las penas; la
seria limitación de la capacidad de defensa de los detenidos; y la atribución
de competencia a los tribunales militares en el juzgamiento de los delitos de
traición a la patria.
127.
La CVR ha constatado que, abdicando de su propia competencia, el Poder
Judicial, a través de la Corte Suprema cuando los acusados eran miembros de las
Fuerzas Armadas, falló en toda ocasión a favor del fuero militar, donde los
casos por lo general se sobreseían, se prolongaban
innecesariamente
o terminaban generando condenas benévolas.
128.
Otra conducta que la CVR ha comprobado es que los operadores de justicia
incurrieron en falta contra su deber de cautelar por los derechos de los
ciudadanos fue la generalizada práctica de declarar improcedentes los recursos
de Habeas Corpus. El tribunal de garantías constitucionales vigente hasta
1991- sistemáticamente evitó llegar a sentencias fundadas. Esta situación
contribuyó en no poca medida a que las detenciones arbitrarias culminasen en
torturas, ejecuciones
arbitrarias
y desapariciones forzadas.
129.
La CVR considera que la dictadura de Alberto Fujimori pretendió legalizar de
forma espuria la impunidad a las violaciones de los derechos humanos realizadas
por agentes del Estado, logrando que el Congreso Constituyente Democrático
aprobase por mayoría dos leyes de amnistía que vulneraban disposiciones
constitucionales y tratados internacionales soberanamente ratificados por el
Perú. Salvo una honrosa excepción, que inaplicó la norma por vulnerar
disposiciones
constitucionales
y tratados internacionales, los jueces renunciaron a su facultad de aplicar el
control difuso de la constitucionalidad de las leyes. 130. La CVR ha constatado
que el resultado de la aplicación estricta y acrítica de la legislación antiterrorista
de 1992 permitió que en el procesamiento de detenidos no se garantizara la
imparcialidad ni la exactitud de los juicios. No solamente cientos de personas
inocentes tuvieron que sufrir largas condenas, sino que la violación de las
garantías de debido proceso arrojó una severa sombra de duda sobre los procesos
realizados. El descrédito sufrido por el sistema judicial peruano aplicando las
leyes dictadas por el régimen fujimorista, sólo resultaría en un favor a los
verdaderos subversivos cuando, años después, el Estado tuviera que realizar
nuevos juicios a partir de pruebas escasas. De otro lado, los sentenciados por
terrorismo sufrieron y condiciones de carcelería vejatorias de la dignidad
humana, que no conducían en absoluto a su rehabilitación. La situación
carcelaria, en efecto, poco atendida por los jueces de ejecución penal, dio
lugar a motines y masacres en 1985, 1986 y 1992.
131.
La CVR debe indicar que el Ministerio Público -salvo honrosas excepciones-
abdicó a la función de controlar el estricto respeto a los derechos humanos que
debía observarse en las detenciones y se mostró insensible a los pedidos de los
familiares de las víctimas. Por el contrario, se omitió el deber de denunciar
crímenes, se investigó sin energía, se realizaron muy deficientes trabajos
forenses, lo que coadyuvó a la situación de descontrol e impunidad. Bajo la
dictadura
fujimorista,
la obsecuencia del Ministerio Público ante los imperativos del poder ejecutivo
fue total.
V. EL
PAPEL DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES
A.
Sobre los gremios
132.
La CVR ha constatado la agresión violenta de parte de los grupos subversivos
contra diversos sindicatos y empresas. En el informe de la CVR constan los
asesinatos de dirigentes sindicales, empresarios y funcionarios de empresas.
133.
La CVR estima que mientras el PCP-SL exacerbó los conflictos laborales y se
propuso como objetivo la destrucción de los sindicatos existentes, el MRTA
buscó instrumentalizar los sindicatos para sus fines subversivos.
134.
La CVR concluye también en que las prácticas o concepciones antidemocráticas en
sindicatos y gremios empresariales condujeron a la descalificación mutua a lo
largo del conflicto armado, cuestionando la representatividad y legitimidad de
las organizaciones gremiales.
135.
La CVR ha constatado que el rol del Estado como árbitro de los conflictos
laborales fue de marcada ineptitud, pues una burocracia ineficiente y propensa
a la corrupción, la ausencia de reglas claras, una legislación engorrosa, entre
otros factores, dificultaron las negociaciones provocando el agravamiento de
los problemas.
B.
Sobre sistema educativo y magisterio
136.
La CVR ha comprobado que el Estado descuidó desde décadas el tema educativo.
Hubo proyectos modernizadores en la década del 60 pero fracasaron. Ni la ley
universitaria ni la reforma educativa de 1972 lograron revertir esta tendencia.
Tampoco neutralizaron el predominio de
pedagogías
tradicionales autoritarias. En aquellos espacios que el Estado fue dejando en
su repliegue, germinaron nuevas propuestas; ellas propugnaban un cambio
radical, anti-sistémico, sólo alcanzable por la vía de la confrontación y
sustentado en un "marxismo de manual", dogmático y simplificado, que
se expandió ampliamente en las universidades durante la década de 1970. Esos
nuevos contenidos se transmitieron utilizando los viejos marcos pedagógicos
autoritarios, que
no
fueron cuestionados.
137.
La CVR ha comprobado que, entre muchos maestros y estudiantes universitarios,
se volvió sentido común el cumplimiento fatal de la historia a través de la vía
de la confrontación. Esa visión abrió espacios para el desarrollo de propuestas
autoritarias de extrema izquierda. La del PCP-SL fue sólo la más extrema.
138.
La CVR ha comprobado que el PCP-SL fue el que buscó instrumentalizar las
instituciones educativas: universidades, colegios secundarios, institutos
superiores e incluso academias de postulantes. El sentido común dogmático y la
ambigüedad de los grupos radicales frente a la violencia le fueron favorables.
A través del amedrentamiento o la cooptación logró ubicar maestros en colegios
donde le interesaba desarrollar proselitismo. Aprovechando y alimentando una
versión
maximalista
de la autonomía universitaria accedió en algunos casos a las Direcciones de
bienestar universitario o al menos encontró santuario en viviendas y comedores.
Allí desarrolló un proselitismo en el cual el clientelismo se mezclaba con la
movilización de los sentimientos de
discriminación
y agravio de los estudiantes pobres y provincianos, que utilizaban mayormente
esos servicios. A ellos, con débiles redes sociales en sus lugares de estudio,
les ofrecía además identidad y sentido de pertenencia.
139.
La CVR encuentra una grave responsabilidad del Estado:
i)
en el
descuido de la educación pública en medio de un conflicto que tenía al sistema
educativo como importante terreno de disputa ideológica y simbólica;
ii)
en el
amedrentamiento y/o la estigmatización de comunidades enteras de maestros y
estudiantes de universidades públicas, especialmente de provincias ();
iii)
en el
deterioro de la infraestructura de servicios de varias universidades públicas
()
iv)
en
haber permitido graves violaciones de los derechos humanos de estudiantes y
profesores por el hecho de ser tales.()
140.
La CVR repudia los crímenes cometidos contra estudiantes, profesores y
trabajadores, al margen de su filiación política. Condena especialmente la
matanza de más de cien estudiantes, profesores y trabajadores de la Universidad
Nacional del Centro (UNCP) a manos de los
diferentes
actores de la guerra incluyendo escuadrones de la muerte- enfrentados en un
fuego cruzado y confuso. Condena, asimismo, la masacre de ocho estudiantes y un
profesor de la Universidad Nacional de Educación "La Cantuta" en
julio de 1992 y la posterior amnistía de los
perpetradores
miembros del escuadrón de la muerte denominado "Colina" en 1995.
Señala, a partir de sus investigaciones, que además de las ya mencionadas, las
universidades de San Cristóbal de Huamanga, Hermilio Valdizán de Huánuco,
Callao, Huacho y San Marcos, entre otras, resultaron afectadas por la
estrategia contrasubversiva de detenciones-desapariciones y destrucción de
infraestructura y, durante el régimen autoritario de la década de 1990, por la
instalación de bases
militares
en los campus universitarios.C. Sobre el papel de las iglesias
141.
La CVR a través de numerosos testimonios recogidos, audiencias y estudios
realizados, ha constatado el papel de las iglesias Católica y evangélicas
durante el proceso de la violencia, como actoras que contribuyeron a proteger a
la población de crímenes y violaciones de derechos humanos. Institucionalmente,
la iglesia católica condenó desde temprano la violencia de los grupos alzados
en armas e igualmente las violaciones de los DDHH por parte del Estado. Estas
posturas se
concretaron
en actividades de defensa de los DDHH y denuncias de las violaciones, iniciadas
muy temprano en el proceso a través de organizaciones como la Comisión
Episcopal de Acción Social (CEAS) y otras. La CVR ha llegado a la conclusión de
que muchas vidas fueron salvadas y muchos otros atropellos fueron impedidos
gracias al concurso de estas organizaciones cuyo papel fue demandado y
reconocido ampliamente por la población, así como de religiosos y laicos
individuales,
más allá de orientaciones teológicas o pastorales. En departamentos como Puno,
Cajamarca, Ancash, Ucayali o Amazonas, el papel de sacerdotes, laicos y
catequistas contribuyó a fortalecer el tejido social y construir una barrera
que debilitó el avance del PCP-SL y el desborde de la denominada "guerra
sucia". La CVR rinde homenaje a los cristianos que defendieron la vida
durante el tiempo de la violencia política y repudia el asesinato de sacerdotes
y religiosas en
cumplimientos
de su misión, sobre todo entre los sectores más desfavorecidos del campo y la
ciudad.
142.
La CVR ha encontrado, sin embargo, que la defensa de los derechos humanos no
fue firme en el arzobispado de Ayacucho durante la mayor parte del conflicto
armado. Durante buena parte del conflicto dicho arzobispado puso obstáculos a
la labor de organizaciones de la Iglesia vinculadas al tema, a la vez que
negaba violaciones de los derechos humanos. La Comisión deplora que algunas
autoridades eclesiásticas de Ayacucho, Huancavelica y Abancay no hayan cumplido
con su compromiso pastoral.
143.
La CVR ha concluido que las iglesias evangélicas cumplieron también un valioso
papel de protección de los derechos humanos, principalmente a partir de sus
instancias de coordinación nacional. Reconoce, asimismo, el valor de los
pastores que cumplieron esa labor de defensa de la vida y denuncia de la
violencia con peligro para ellos, muchas veces en zonas periféricas de las
grandes ciudades y en zonas rurales muy apartadas. Constata también que un
número significativo de campesinos evangélicos participaron en comités de
autodefensa que enfrentaron a la subversión.
Sin
embargo, lamenta que algunas comunidades evangélicas no se hayan hecho eco de
la defensa de los derechos humanos.
144.
La CVR rinde homenaje a sacerdotes, religiosos y religiosas, fieles católicos y
evangélicos que pagaron con su vida su labor pastoral durante el conflicto
armado interno.
D.
Sobre las organizaciones defensoras de los Derechos Humanos
145.
La CVR ha concluido que a lo largo del conflicto, decenas de asociaciones de la
sociedad civil mantuvieron viva la capacidad de indignación ante lo que ocurría
y crearon un eficaz movimiento a favor de los derechos humanos que, organizado
alrededor de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDH), se convirtió
pese a una permanente satanización en su contra- en un referente ético en el
escenario nacional y en un efectivo recurso para que las víctimas pudiesen
avanzar en su objetivo de alcanzar la verdad y exigir la justicia. La Comisión
está convencida de que el país debe a las organizaciones de derechos humanos
una deuda de gratitud porque, al ejercer el derecho democrático de fiscalizar a
las fuerzas del orden, contribuyeron a controlar algunos
de
los aspectos más brutales del conflicto y a ganar para la lucha democrática del
pueblo peruano una amplia solidaridad internacional.
146.
De acuerdo a la tradición del movimiento internacional de derechos humanos, en
los primeros años del conflicto los organismos peruanos defensores de los
DD.HH. centraron su crítica fundamentalmente en el Estado, cuyas acciones se
enmarcan dentro de un ordenamiento legal que
deben
respetar, que es además signatario de tratados internacionales y debe, sobre
todo, responder por la seguridad de sus ciudadanos. Sin embargo, a mediados de
la década de 1980 los organismos que conformaron la CNDH zanjaron con las
organizaciones de fachada de los grupos subversivos. Posteriormente, se negaron
a defender legalmente a militantes o líderes de dichos grupos e influyeron
activa y exitosamente en el movimiento internacional de derechos humanos, para
que sus organismos incluyan dentro de sus críticas y monitoreo a los grupos
subversivos, tanto peruanos como de todo el mundo.
147.
La CVR ha constatado también, a diferencia de otros países donde se dieron
conflictos armados internos, la debilidad de las organizaciones de víctimas.
Ello porque en la mayoría de los casos las víctimas eran campesinos pobres, con
poca conciencia de derechos, difícil acceso a la
justicia,
débiles redes sociales y escasos contactos urbanos. Esta debilidad favoreció la
impunidad de los perpetradores.
148.
En tal contexto, la CVR destaca y reconoce la persistencia de la A sociación
Nacional de Familiares de Secuestrados, Detenidos y Desaparecidos del Perú
(ANFASEP), conformada en su abrumadora mayoría por mujeres ayacuchanas quechua
hablantes de escasos recursos. Aún en
los
peores momentos, con tenacidad y valentía, dichas mujeres mantuvieron viva la
llama de la esperanza en la recuperación de sus seres queridos y en la justicia
para los responsables de su
desaparición.
E.
Sobre los medios de comunicación
149.
La Comisión de la Verdad y Reconciliación constata que a lo largo del conflicto
armado interno los medios de comunicación jugaron un papel muy importante.
Durante esos años el trabajo de investigación periodística fue abundante,
valiente y en algunos casos, como el de la masacre de La Cantuta (julio 1992),
indispensable para encontrar a los responsables de crímenes atroces. Muchas
veces, en esas investigaciones los periodistas arriesgaron la vida y, desgraciadamente,
en varios ocasiones la perdieron. La CVR rinde homenaje a los periodistas
asesinados durante el conflicto armado interno en cumplimiento de su deber.
Hace mención particular a los mártires de Uchuraccay, primeros periodistas
caídos en el cumplimiento de su deber en circunstancias
especialmente
trágicas. Asimismo, reconoce de manera especial la contribución al
esclarecimiento de hechos y a las denuncias de crímenes y violaciones a los
derechos humanos de parte de los periodistas que en las provincias declaradas
en estado de emergencia cumplieron su deber
abnegadamente
y en condiciones muy adversas.
150.
En lo que se refiere a la cobertura y la línea editorial, la CVR constata que
desde inicios de la década de 1980 los medios de comunicación condenaron la
violencia subversiva, aunque con matices según las inclinaciones políticas de
cada uno, lo que implicaba evaluaciones diferentes de la situación o de los
objetivos de las organizaciones subversivas. Sin embargo, los medios no
tuvieron la misma posición en cuanto a la investigación y denuncia de las
violaciones de DDHH. Reconoce que hubo valioso y arriesgado trabajo de
investigación y denuncia, pero al mismo tiempo, señala que hubo medios que
sostuvieron una posición ambigua e incluso en ciertos casos importantes
avalaron la violencia arbitraria del Estado.
151.
En lo que se refiere al modo de la cobertura realizada, la CVR ha encontrado
que en muchos medios se cayó en una presentación cruda, desconsiderada frente a
las víctimas y poco conducente a suscitar una reflexión y una sensibilización
nacional. Forma parte de este problema el racismo implícito en los medios, que
ha de ser resaltado en el informe final.
152.
En muchos medios, el tema de la violencia subversiva y contrasubversiva no fue
pues tratado de una manera tal que significara un aporte significativo a la
pacificación del país. La CVR considera que dos factores condujeron a ese
resultado: i) la adopción inopinada de una lógica de la violencia, que terminó
por imponer un tratamiento poco sensible de los temas, y ii) la primacía de una
lógica comercial, que en los peores casos condujo al amarillismo y se complicó
a finales de la
década
de 1990 con el fenómeno de megacorrupción y compra de medios.
VI.
SOBRE LAS SECUELAS DEL CONFLICTO ARMADO INTERNO
153.
La CVR halla que el conflicto armado interno que ha investigado es el más grave
de nuestra historia republicana y ha dejado secuelas muy profundas en todos los
planos de la vida nacional. La amplitud e intensidad del conflicto acentuaron
los graves desequilibrios nacionales; destruyeron el orden democrático;
agudizaron la pobreza y profundizaron la desigualdad; agravaron formas de
discriminación y exclusión; debilitaron las redes sociales y emocionales y
propiciaron una cultura de temor y desconfianza. Es necesario, sin embargo,
resaltar que pese a las duras condiciones-hubo personas y poblaciones que
esistieron y se esforzaron por la afirmación de una sociedad
constructora
de la paz y del derecho.
154.
La CVR hace notar que, el conflicto resultó en la masiva destrucción de la
infraestructura productiva y pérdida de capital social y oportunidades
económicas. Los departamentos que lo sufrieron con mayor intensidad se
encuentran hoy en los últimos lugares en los índices de
pobreza
y desarrollo humano. No es casualidad que cuatro de los departamentos más
afectados por el conflicto: -Huancavelica, Ayacucho, Apurímac y Huánuco- se
encuentren entre los cinco más pobres del país.
155.
A la CVR le ha sido posible constatar que la violencia destruyó y desorganizó
la vida social local, especialmente por el asesinato de dirigentes y
autoridades tradicionales como estatales. Eso produjo un profundo
debilitamiento de la sociedad civil, de los partidos políticos y de las
estructuras en donde más necesarias eran: en los sectores más marginalizados y
necesitados de inclusión y expansión de la ciudadanía.
156.
Para la CVR el desplazamiento masivo desde las zonas de violencia constituyó un
doloroso proceso de desarraigo y empobrecimiento de cientos de miles de peruanos
y peruanas; ello produjo una urbanización compulsiva así como un retroceso
histórico en el patrón de ocupación del
territorio
andino, lo que habrá de afectar por largo tiempo las posibilidades de un
desarrollo humano sostenible. La población desplazada vio afectadas sus redes
sociales, que debieron adaptarse con distintos grados de éxito y con gran
sufrimiento a las nuevas circunstancias, lo cual constituyó un enorme reto para
la provisión de servicios en las ciudades. Asimismo, los desplazados por el
conflicto fueron en muchos casos estigmatizados y discriminados en escuelas,
barrios
y centros de trabajo. Al retornar, tuvieron que enfrentar a veces graves
problemas de tierras y ausencia de apoyo suficiente para reorganizarse y
sostener a sus familias.
157.
La CVR ha constatado que toda una generación de niños y jóvenes ha visto
truncada o empobrecida su formación escolar y universitaria como resultado del
conflicto; ellos merecen atención preferente del Estado.
158.
La CVR es conciente de que el conflicto armado interno intensificó hasta
niveles insoportables el miedo y la desconfianza, que a su vez contribuyeron a
fragmentar y atomizar la sociedad. En esas condiciones, el sufrimiento extremo
ha causado resentimiento y ha teñido de recelo y
violencia
la convivencia social y las relaciones interpersonales.
159.
La CVR ha constatado que amplios sectores de la población afectada por la
violencia sufren una u otra forma de secuela en su salud mental, lo que
debilita sus capacidades de desarrollarse y superar las heridas del pasado ().
160. Para la CVR una secuela del conflicto armado interno
en el
terreno político consiste en que él favoreció la descomposición moral en la que
se hundió el país durante los últimos años de la dictadura de Alberto Fujimori.
En efecto, la forma en que el Estado, las fuerzas políticas y sectores
importantes de la opinión pública enfrentaron esos años, mostrando
indiferencia, tolerancia hacia las violaciones a los derechos humanos y
disposición a trocar democracia a cambio de seguridad como costo necesario para
terminarlo, abrió paso a
la
autocracia y la impunidad.
161.
Finalmente la CVR señala que, debe reconocerse que la violencia, con todo su
rigor, no fue capaz de destruir la capacidad de respuesta de la población. En
numerosas ocasiones, ante la destrucción de redes sociales tradicionales y el
asesinato masivo de dirigentes, las mujeres
asumieron
nuevas responsabilidades y lanzaron al país el reto moral de reconocer la
pérdida de miles de sus hijos en masacres y desapariciones. Dirigentes jóvenes
reconstruyeron muchas de las comunidades más afectadas y en el proceso de
retorno de muchos desplazados- se pudo
comprobar
que muchas comunidades habían sido capaces de resistir a la violencia a través
de la autodefensa y también con alternativas de paz y procesos de
micro-reconciliación.
162.
La CVR llega a la convicción de que las secuelas del conflicto armado interno
pesan como una grave hipoteca sobre nuestro futuro y afectan decisivamente
nuestra construcción como comunidad nacional de ciudadanos libres e iguales en
un país democrático y plural, que avance por el camino del desarrollo y la
equidad. Considera, asimismo, que el primer paso para superar esas secuelas es
que el país conozca en toda su magnitud las dimensiones del horror vivido entre
1980 y 2000.
Sobre
la necesidad de reparar
163.
La CVR, a partir del informe que entrega al país estima que, si bien pudo
alegarse ignorancia o incomprensión frente al drama que se venía en los
primeros años del conflicto, ello no es más posible. Enterados los poderes del
Estado y los ciudadanos y ciudadanas a quienes va dirigido nuestro informe de
las sobrecogedoras dimensiones de lo ocurrido, resulta indispensable, si
queremos vivir civilizadamente en paz y en democracia, reparar, en la medida de
lo posible, los gravísimos daños que se han ocasionado.
164.
La CVR considera que su misma existencia y el mandato que recibió de proponer
reparaciones constituye ya el inicio de un proceso de resarcimiento y de
dignificación de las víctimas.
165.
Para la CVR la reparación tiene profundas implicancias éticas y políticas y es
un componente importante del proceso de reconciliación nacional. Al ser las
víctimas del conflicto en su abrumadora mayoría campesinos, pobres, indígenas,
tradicionalmente discriminados y excluidos son ellos los que deben recibir
atención preferente por parte del Estado.
166.
Para la CVR, la reparación implica revertir el clima de indiferencia con actos
de solidaridad que contribuyan a la superación de enfoques y hábitos discriminatorios,
no exentos de racismo. Aplicadas con equidad, las reparaciones deben asimismo
generar confianza cívica, restableciendo las relaciones dañadas entre los
ciudadanos y el Estado, de modo que se consolide la transición y gobernabilidad
democráticas y se prevengan nuevos escenarios de violencia.
167.
La CVR presenta al país un "Programa Integral de Reparaciones" donde
se combinan formas individuales y colectivas, simbólicas y materiales de
resarcimiento. El Programa debe ser financiado creativamente por el Estado,
pero también por la sociedad y la cooperación internacional; él pone énfasis
en:
i)
las reparaciones simbólicas, el rescate de la memoria y la dignificación de las
víctimas;
ii)
la atención a la educación y a la salud mental;
iii)
las reparaciones económicas individuales y colectivas (programas de
reconstrucción institucional, desarrollo comunal, servicios básicos y
generación de ingresos).
168.
La CVR considera que una parte esencial del proceso de reparación es la
justicia. La Comisión advierte, asimismo, que ningún camino hacia la
reconciliación será transitable si no va acompañado de un ejercicio efectivo de
la justicia, tanto en lo que concierne a la reparación de los daños sufridos
por las víctimas cuanto en lo relativo al justo castigo a los perpetradores y
el consiguiente fin de la impunidad. No se puede construir un país éticamente
sano y políticamente viable sobre los
cimientos
de la impunidad. A través de los casos que entrega al Ministerio Público, de la
identificación de alrededor de 24 mil víctimas del conflicto armado interno y
de los hallazgos de sus investigaciones en general, la CVR busca ampliar
sustancialmente los argumentos para
sustentar
el reclamo de justicia de las víctimas y sus organizaciones, así como de los organismos
defensores de los Derechos Humanos y ciudadanos en general.
169.
Asimismo, la CVR ha elaborado un Registro Nacional de Sitios de Entierro sobre
la base de la información obtenida durante sus investigaciones. Al término de
su mandato, la CVR ha registrado 4,644 sitios de entierro a nivel nacional,
habiendo realizado tres exhumaciones y constataciones preliminares en 2,200 de
ellos. Estas cifras que superan
ampliamente las estimaciones anteriores, confirman la importancia que tiene
impulsar y ejecutar el Plan Nacional de Intervenciones Antropológico Forenses
que propone la CVR. Asmimso, la CVR se ratifica en la importancia fundamental
del trabajo antropológico forense para alcanzar justicia, identificar las
posibles víctimas y procesar el duelo por nuestros compatriotas desaparecidos.
VIII.
SOBRE EL PROCESO DE RECONCILIACIÓN NACIONAL
170.
La CVR propone que el gran horizonte de la reconciliación nacional es el de la
ciudadanía plena para todos los peruanos y peruanas. A partir de su mandato de
propiciar la reconciliación nacional y de sus investigaciones realizadas, la
CVR interpreta la reconciliación como un nuevo pacto fundacional entre el
Estado y la sociedad peruanos, y entre los miembros de la sociedad.
171.
La CVR entiende que la reconciliación debe ocurrir en el nivel personal y
familiar; en el de las organizaciones de la sociedad y en el replanteamiento de
las relaciones entre el Estado y la sociedad en su conjunto. Los tres planos
señalados deben adecuarse a una meta general, que es la edificación de un país
que se reconozca positivamente como multiétnico, pluricultural y multilingüe.
Tal reconocimiento es la base para la superación de las prácticas de
discriminación que subyacen a las múltiples discordias de nuestra historia
republicana.